Título de especialista en Ginecología, Tocoginecología, Urología o Coloproctología.
3-
Ser miembro activo de AUGA y mantener la cuota anual vigente.
4-
Haber realizado el Curso anual de la Asociación Uroginecológica Argentina (AUGA).
Quedan exceptuados de este requisito aquellos profesionales que acrediten reconocida trayectoria y experticia en Uroginecología durante los últimos 10 años o más, mediante presentación de antecedentes académicos y asistenciales que así lo demuestren.
5-
Acreditar la participación en los últimos 2 años como mínimo, en un Servicio de referencia que cuente con una sección o unidad de piso pélvico.
6-
Presentar una constancia del Jefe de Servicio o de autoridades competentes de la Institución donde se desempeña, de las intervenciones quirúrgicas y prácticas (incluyendo estudios diagnósticos invasivos) realizadas por el postulante en los últimos 2 años, en pacientes con patologías uroginecológicas, consignando datos de la paciente, fecha, número de HC, diagnóstico y operación realizada; pudiendo el tribunal solicitar al azar, alguna/s historia/s clínica/s y/o foja quirúrgica respaldatoria de alguno de los casos presentados en el registro. La cantidad de procedimientos realizados para solicitar la acreditación será de un mínimo de 40 casos anuales, durante el período de 2 años (se deberá discriminar por tipo de cirugía, que deberán ser de variada complejidad e incluir distintas vías de abordaje)
7-
El médico que reúna los requisitos enunciados en los incisos anteriores, deberá presentar una solicitud ante el Tribunal, acompañada de una copia del Título Profesional, Título de Especialidad y un CV al cual deberá adjuntar copias de certificados/documentación respaldatoria de la información aportada.
8-
Abonar la suma de dinero equivalente a 4 cuotas anuales de afiliación a AUGA al momento de aceptación de la documentación que habilitará la toma del examen. La Comisión Directiva se reserva el derecho de actualizar periódicamente el valor de la inscripción. Aquellos aspirantes que hayan realizado el curso anual de AUGA obtendrán una bonificación del 25%.
9-
Las solicitudes se recibirán semestralmente, fijándose fecha tope de recepción de solicitudes el 31 de Mayo y 31 de Diciembre de cada año, para desarrollar el proceso de entrevistas y examen en el semestre siguiente.
10-
La comisión directiva de AUGA determinará el cupo de aspirantes que podrán solicitar la acreditación por cada convocatoria, adecuándose a las posibilidades organizativas del tribunal evaluador.
“La acreditación de AUGA no condiciona ni limita la libre actividad profesional de médicos especialistas no acreditados.
”
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